Intervención en el programa de Sonsoles Ónega, YA ES MEDIODIA, Tele 5.

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12/06/2019



El sexting se cobra una nueva víctima: mujer de 32 años se suicida tras difundirse entre sus compañeros de trabajo en IVECO, un video de contenido sexual, con ella y su ex pareja como protagonistas.

 https://youtu.be/xnhMHA9p_Ss


 


El término “sexting” es utilizado para referir aquellas conductas consistentes  en  la grabación y envío de material gráfico (fotografías y vídeos), de contenido erótico o sexual a través de teléfonos móviles o dispositivos similares.


En el año 2015, y como consecuencia del conocido caso de la concejala de los Yébenes, Olvido Hormigos, se introdujo el apartado séptimo del artículo 197, en nuestro Código Penal, para castigar con pena alternativa de prisión o multa al que «sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquélla que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona», imponiéndose la pena en su mitad superior «cuando los hechos hubieran sido cometidos por el cónyuge o persona que esté o4haya estado unida a él por análoga relación de afectividad, aún sin convivencia, la víctima fuera menor de edad o un persona con discapacidad necesitada de especial protección, o los hechos se hubieran cometido con una finalidad lucrativa».


En el caso comentado, la mujer sufrió las burlas y comentarios constantes de cientos de sus compañeros, durante días, y todo debido a la difusión de un video grabado por su ex pareja, hacía años, en el que ambos protagonizaban escenas de contenido sexual. La denuncia de la víctima a los responsables de la empresa IVECO, donde todos trabajaban, no sirvió de nada y a los pocos días, la mujer se quitó la vida.